
Defensa alega fallas legales y técnicas en el informe del caso Calamar
SANTO DOMINGO.— El abogado Ángel Lockward defendió este lunes su inocencia en el proceso judicial vinculado al denominado caso Calamar, al sostener que el informe de auditoría presentado por la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República carece de validez jurídica y presenta inconsistencias técnicas que, a su juicio, comprometen la base probatoria de la acusación.
Durante su intervención en la fase final de la audiencia preliminar, Lockward expuso un conjunto de argumentos apoyados en normativa constitucional y legislación inmobiliaria dominicana, en un ejercicio que combinó razonamiento jurídico con una lectura crítica de los métodos empleados para cuantificar la supuesta defraudación atribuida a los imputados.
El jurista indicó que solicitó copia del informe el 28 de abril de 2022 con el propósito de garantizar el derecho a la defensa, pero aseguró que el documento le fue negado, lo que, según afirmó, limita su uso como prueba en el proceso. Desde una perspectiva de análisis jurídico, sostuvo que la utilización del informe vulneraría los artículos 69.10 y 138.2 de la Constitución dominicana, disposiciones vinculadas al debido proceso y al control de la administración pública.
Lockward también cuestionó la consistencia cronológica del documento, al señalar que la Unidad Antifraude que lo elaboró fue creada mediante disposición oficial en julio de 2025, lo que, según su interpretación, introduce dudas sobre la validez del procedimiento técnico aplicado en la investigación.
Uno de los puntos centrales de su exposición se concentró en el criterio utilizado para estimar el valor de los terrenos involucrados en el expediente. El abogado afirmó que el informe parte de la premisa de que los terrenos comuneros pertenecen al Estado, lo que calificó como una interpretación contraria a la legislación histórica sobre mensura y propiedad inmobiliaria vigente en el país desde principios del siglo XX.
Según explicó, el análisis contenido en el documento también asume que las cartas constancias y matrículas inmobiliarias carecen de capacidad de transferencia, interpretación que, en su opinión, contradice la normativa establecida en la legislación de registro de títulos y en decisiones jurisprudenciales del sistema judicial dominicano.
La jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Altagracia Ramírez, dejó el expediente en estado de fallo y fijó para el 29 de mayo la decisión sobre la validez de los argumentos presentados por las partes, en un proceso que continúa bajo escrutinio público y jurídico.






