POR ROMMEL SANTOS DIAZ
El 24 de octubre de 1945 entró en vigor la Carta de Naciones Unidas, con lo que se estableció un sistema de seguridad colectiva. El párrafo 4 del artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas prohíbe ´´recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas´´.
La Carta de las Naciones Unidas permite el uso de la fuerza solamente con el propósito de legítima defensa individual o colectiva con la autorización del Consejo de Seguridad.
Sin embargo, la Carta de las Naciones Unidas insta al Consejo de Seguridad a responder a las amenazas a la paz, los quebrantamientos de la paz o actos de agresión. No obstante, no define al concepto de agresión ni la responsabilidad penal individual en los casos de agresión.
Las potencias vencedoras de la Segunda Guerra Mundial llevaron a cabo los juicios de Nuremberg (1945-1946) y Tokio (194666-1948) para enjuiciar a los responsables de crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.
En el Estatuto de Nuremberg se definen los crímenes contra la paz como ´´planificar, preparar, iniciar o librar guerras de agresión, o una guerra que constituya una violación de tratados, cuerdos o garantías internacionales, o participar en planes comunes o en una conspiración algunos de los objetivos anteriormente indicados´´.
No obstante, el Estatuto de Nuremberg no especifica con mayor detalle lo que se entiende por ´´agresión´´. Tras los juicios de Nuremberg y Tokio, la Asamblea General de las Naciones Unidas confirmó los principios de la Carta de Nuremberg y de la sentencia del Tribunal de Nuremberg en la Resolución 95.
Despues de décadas de negociaciones, en diciembre de 1974 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 3314. El propósito de la definición de la agresión anexa a la Resolución era orientar al Consejo de Seguridad en su determinación de la existencia de un acto de agresión.
Cabe destacar, que la definición concierne al acto de agresión de Estado, no el acto de un individuo que pudiera conllevar la responsabilidad del Estado.
La definición del acto de agresión refleja básicamente la noción del uso legal de la fuerza contenida en el párrafo 4 del artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas y enumera ejemplos específicos de los actos de agresión, tales como la invasión o el ataque por las fuerzas armadas de un Estado al territorio de otro Estado incluida la ocupación militar relacionada con dicho ataque o invasión, el bombardeo de las fuerzas armadas del Estado contra el territorio de otro Estado.
Finalmente, las disposiciones fundamentales de la definición de crimen de agresión de 1974 (artículos 1 y 31) fueron incorporadas posteriormente a parte de la definición del crimen de agresión en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
jpm-am
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