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Ejecutivo promulga Ley de Cláusula de Conciencia para garantizar derechos de periodistas

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El Poder Ejecutivo promulgó la ley 38-24 que establece la cláusula de conciencia como protección de los derechos laborales en favor de los periodistas en el país. 

La nueva ley tiene por objeto crear un marco jurídico que establezca y garantice la cláusula de conciencia como un derecho de los periodistas sobre su independencia en el desempeño de su función profesional y su integridad deontológica frente a hechos producidos en el seno de la empresa o institución periodística a la cual pertenezcan.

Los profesionales de la información pueden invocar este derecho en tres casos marcados por la Ley 38-24.

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El primero es «el cambio notable y sustancial en el carácter u orientación de la publicación o programa, línea informativa o línea ideológica, si dicho cambio generara para el periodista una situación susceptible de afectar su honor, reputación o intereses morales».

Igual cuando sucedan cambios de titularidad del medio, en tanto genere inconvenientes de naturaleza intelectual o moral.

También «cuando la empresa o institución traslade al periodista a otro medio del mismo grupo que, por su género o línea, suponga una ruptura patente con la orientación profesional del informador», indica el texto de la norma. 

Además, establece que el ejercicio de la cláusula de conciencia tiene por efecto la dimisión, con derecho a una indemnización a cargo del medio de comunicación similar a la que corresponde al desahucio.

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