Impuestos: cambios tributarios esperados (OPINION)
Mientras el Gobierno define los detalles y la composición de la reforma tributaria a someter al Congreso para este verano, los especialistas analizan cuáles deberían ser los principales tributos a revisar en los próximos meses y por qué algunos de ellos no se podrían eliminar por completo este año.
«El mayor problema, por el cual se está dando debate ahora entre expertos, es la pérdida de recursos que se habían contemplado en presupuesto 2026”, dijo el Director de Presupuesto, José Rijo Presbot.
Si viene la indexación salarial ajustada a inflación además procede revisar el impuesto de circulación: marbetes de tres mil pesos a carro pequeño, bajarán y subirán los de alta gama y discutir para consensuar exenciones, deducciones, créditos, o sea, tratamientos impositivos preferenciales, de cuyo monto el Itebis, el ISR y el patrimonio representan $347,525.6 millones de pesos
¿Por qué ahora?
“La competitividad para Rep. Dominicana no es un concepto abstracto. Es la llave que nos abre la puerta al desarrollo, a la inversión y al empleo sostenido. Es la condición necesaria para que las empresas puedan crecer, para que las personas accedan a mejores oportunidades y la República Dominicana vuelva a ocupar un lugar relevante en el escenario global», destacó un directivo de JP. Morgan. Y por eso nace la revisión tributaria.

Muchas veces, por ser impuestos o tributos sobre márgenes brutos, terminan siendo más grandes que los propios impuestos que recauda el Gobierno (ganancias, Itebis y retenciones).
«Puede ser compleja su eliminación. Al mismo tiempo, es un pago a cuenta del impuesto a las Ganancias. Entonces, si lo eliminas o bajás, por defecto, ese pago desaparece y debería subir nominalmente en los porcentuales correspondientes el impuesto a las Ganancias».
Debe irse ya el «Impuesto al Cheque», odioso, pues sobre carga de trabajo a los bancos y propicia al pago cash para evadirlo.
Lo han justificado por décadas como impuesto de emisión de cheques y pagos por transferencias electrónicas ya que es una disposición del Código Tributario, que aplica tanto a personas como empresas y se calcula a una tasa de 1.5 por mil (RD$0.0015 o 0.15% por cada peso), sobre el valor de los cheques de cualquier naturaleza pagados por las entidades de intermediación financiera (EIF) y sobre las transferencias o pagos electrónicos realizados a terceros.
Según lo indica la ley, la entidad financiera actúa como intermediaria para retener los recursos correspondientes al pago del impuesto, cuyo destino es la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
No sabemos cuáles otros, pero bajar el itebis al 15% en lugar de 18, es procedente.
jpm-am
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