Abandonar o maltratar animales puede llevarte a prisión en RD ¿Qué dice la ley?

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Redacción. – En la República Dominicana, la diversidad de animales únicos del Caribe contrasta con una problemática persistente: el maltrato y abandono.

En el país, agredir a un animal no solo constituye un acto de crueldad, sino también un delito sancionado por la Ley 248-12 de Protección Animal y Tenencia Responsable, que establece penas que van desde multas hasta prisión.

En los casos más graves, considerados como actos de crueldad, la legislación contempla condenas de entre seis meses y un año de cárcel, además de multas de entre 25 y 50 salarios mínimos, tal como establece el artículo 66.

La normativa también sanciona conductas que muchas veces se normalizan. No alimentar adecuadamente a una mascota, mantenerla en condiciones insalubres o someterla a sufrimientos innecesarios son acciones tipificadas como maltrato en el artículo 60, y pueden conllevar penas de entre tres y seis meses de prisión, además de multas, según el artículo 65.

Asimismo, el artículo 61 clasifica como crueldad prácticas como abandonar animales, provocarles la muerte sin justificación o causarles dolor de forma intencional, lo que implica las sanciones más severas contempladas por la ley.

Pese a que esta legislación está vigente desde 2012, organizaciones protectoras advierten que el principal desafío sigue siendo su aplicación efectiva. En ese contexto, la denuncia ciudadana juega un papel clave, ya que la ley establece como deber de toda persona reportar casos de maltrato ante las autoridades, conforme al artículo 74.

Otras sanciones contempladas en la ley

La Ley 248-12 también establece sanciones para otras conductas relacionadas con el manejo y comercialización de animales.

En ese sentido, el artículo 62 dispone que quienes vendan animales en lugares no autorizados, o incumplan las condiciones establecidas por la normativa, pueden enfrentar el cierre del establecimiento, multas de entre tres y seis salarios mínimos y la imposición de servicios sociales de uno a tres meses en centros de protección animal.

La legislación contempla consecuencias más severas en caso de incumplimiento de estas sanciones. Si la persona se niega a realizar el servicio comunitario o abandona la labor antes de tiempo, podría enfrentar una pena de prisión de entre uno y tres meses.

De igual forma, el artículo 63 sanciona la venta de animales en espacios públicos con multas en el mismo rango y la obligación de cumplir servicios sociales.

En cuanto a la negligencia, el artículo 64 establece penas de uno a tres meses de prisión, además de multas de entre cinco y diez salarios mínimos para quienes incumplan con las condiciones básicas de cuidado y bienestar animal.

Defensores de los animales

Uno de los que ha alzado su voz sobre este tema es el senador Omar Fernández, quien ha señalado en reiteradas ocasiones que la normativa actual “carece de mecanismos efectivos”. En ese sentido, ha depositado un proyecto de ley que busca endurecer las sanciones contra el maltrato, abuso y crueldad animal.

La propuesta también contempla la creación de estructuras más eficientes que garanticen la protección de los animales en todo el territorio nacional, así como mejores condiciones de vida para estos.

Asimismo, la comunicadora y activista Lorenny Solano, presidenta de la Fundación LASO, impulsa la iniciativa “Ciudad de Ángeles”, un proyecto que busca ofrecer una solución integral y sostenible al abandono, maltrato y desprotección de los animales en el país

En un país donde crece la conciencia sobre el respeto a la vida animal, la legislación no solo busca castigar, sino también generar un cambio cultural. Porque detrás de cada sanción hay un mensaje claro: el sufrimiento de los animales no debe ser ignorado.

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