En esta edición de Ellas Hoy repasamos los diez años de las uniones civiles homosexuales en Italia, un avance histórico que sigue sin traducirse en igualdad plena para las parejas del mismo sexo, especialmente bajo el gobierno de Giorgia Meloni. Además, analizamos el precedente de la Corte Suprema de Colombia sobre la prostitución como violencia estructural y el debate médico en torno al cambio de nombre del síndrome de ovario poliquístico.
El 20 de mayo de 2016, Italia aprobó la institución de la Unión Civil entre parejas del mismo sexo, bajo la ley conocida como Cririnná. Un avance significativo para las comunidades diversas, que lucharon durante años para que el país diera este paso, en contravía a la oposición de grupos católicos y ultraconservadores.
Sin embargo, la medida llegó tarde en comparación con otros vecinos europeos como España, Francia o Reino Unido, incluso cuando casi el 10% de la población italiana se identifica como parte de la comunidad LGBTIQ, según un estudio de IPSOS de 2023.
El recuento del Instituto Nacional de Estadística de Italia (ISTAT) comprueba el éxito de la Cririnnà: entre 2016 y 2024 se registraron más de 24.000 uniones homosexuales. A su vez, los datos del ISTAT revelan características interesantes, como que en 2024 hubo un predominio de parejas masculinas (54,8%) y que 2023 alcanzó uno de los niveles más altos desde la aprobación de la ley, con 3.019 uniones.
Pese a que son decenas de miles las personas que han decidido oficializar ante la ley su unión, Italia sigue siendo un terreno hostil y sin garantías ni derechos para las ciudadanías diversas. Esto, en gran medida, por lo que representa el Gobierno ultraderechista de Georgia Meloni y sus aliados en el poder.
La primera ministra llegó al poder en 2022 como la cara visible de una coalición de sectores de derecha y conservadores, tras prometer en campaña defender los llamados “valores familiares tradicionales” y luchar contra lo que su círculo denomina “lobby LGBT”.
Una postura que no se queda solo en palabras.
Su Gobierno ha limitado el avance de los derechos y garantías de estas poblaciones, desde bloquear el matrimonio igualitario e impedir la adaptación de parejas homoparentales, hasta castigar la gestación subrogada; una medida que, a pesar de que no es solo para uniones del mismo sexo, es vista como un ataque directo a las parejas diversas que, por ley, tampoco pueden optar por la fecundación in vitro.
Y, a pesar de tener aparentemente en contra, las familias diveras son una realidad: pagan impuestos, hipotecas y son visibles en el país. Incluso, algunas encuestas revelan que la mayoría de los italianos estarían dispuestos a dar un paso hacia el matrimonio igualitario.
Corte Suprema de Colombia: la prostitución es una forma de violencia estructural
Para el Alto Tribunal, la prostitución en suelo colombiano está enmarcada dentro de procesos de “violencia estructural”. El pronunciamiento del Supremo está enmarcado en una condena a un hombre por el delito de explotación sexual comercial agravada y actos sexuales contra una menor de 14 años.
De esta manera, la Justicia colombiana en su sentencia describió la prostitución como “un sisterma de desigualdad y discrimanción basado en el sexo, que reproduce relaciones de poder históricamente desiguales y configura una forma de violencia”, con base en informes internacionales sobre derechos humanos. Por ello, aclaró que no se habla de “cliente” cuando una persona incurre en estas prácticas, sino de “explotadores sexuales directos”, “prostituyentes” o “demandantes”.
Al no ser así, se estaría justificando “la conducta de quienes sostienen la explotación sexual o la trata de personas”.
“Quien paga no es un sujeto pasivo ni marginal dentro de esta dinámica, sino el directo explotador, cuya conducta configura una forma de violencia sexual”, dictamina la sentecia difundida por la prensa colombiana.
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Se trata de un histórico precedente para un territorio en el que, según cifras oficiales, hay más de 40.000 personas en situación de prostitución. Es por eso que, aunque el fallo fue celebrado por sectores como el feminista, la medida despertó críticas.
“Consideramos necesario expresar nuestra preocupación frente a aquellos apartes de la decisión que parecen extender la noción de explotación sexual a toda forma de trabajo sexual ejercido por personas adultas”, aseguró la senadora colombiana Alejandra Omaña.
Así las cosas, el debate ha puesto sobre la mesa otro enfoque: las garantías de quienes están en situación de prostitución.
De acuerdo a la Organización de Estados Americanos, estas personas tienen un estado “de carencia de una protección legal clara” que les coloca “en una condición de vulnerabilidad”.
¿Por qué importa el cambio de nombre del síndrome de ovario poliquístico?
Una coalición médica internacional, liderada por la endocrinóloga Helena Teede y conformada por más de 50 organizaciones médicas y científicas, logró que el síndrome de ovario poliquístico (SOP) fuera rebautizado con el nombre de Síndrome Ovárico Metabólico Poliendocrino (SOMP).
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), se trata de una “afección hormonal frecuente en la que unos niveles de andrógenos superiores a los normales causan menstruaciones irregulares, ovulación anormal, esterilidad, vello facial o corporal excesivo”.
La OMS estima que el SOMP afecta entre el 10% y el 13% de las mujeres en edad de procrear, y que un 70 % de afectadas a escala mundial no están diagnosticadas.
Esto último es atribuido por las investigadores y el resto de instituciones, en parte, a que el nombre de la condición no es muy descriptivo de la afección real. En otras palabras, la denominación anterior era vista como imprecisa y centrada principalmente en la condición reproductiva de una mujer, más no en sus implicaciones hormonales, metabólicas y cardiovasculares.
Ahora, tras el cambio de nombre, se aspira a que el tratamiento sea mucho más exacto y beneficioso para las pacientes. Así lo explica para France 24 la ginecóloga y obstetra, Karla Isabel Aviña, quien afirma que a partir de este momento “el enfoque será mucho más completo” frente a la evolución del síndrome en el cuerpo de cada mujer.
En otras palabras, “un manejo integral mejoraría completamente la salud femenina” explica Aviña desde México.
En otro frente, el nuevo nombre ayudará a contrarrestar el subregistro de mujeres que pueden tener el SOMP y no son conscientes por falta de información al respecto.
“Una paciente con este nuevo término puede no tener quistes -el síntoma más asociado a esta condición- pero puede tener todo este síndrome y ahora sí darle un manejo adecuado”, agrega la ginecóloga mexicana.










