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España extradita a República Dominicana a un hombre vinculado a homicidio y robo

Santo Domingo, RD.- Tras aceptar una solicitud de las autoridades de la República Dominicana, el Reino de España extraditó al dominicano Daneury Tejeda Santana (Guatey), quien enfrenta cargos en el país por homicidio y robo.
Tejeda Santana, de 34 años, fue extraditado este martes a República Dominicana para ser juzgado por los delitos de homicidio y robo cometidos contra Ricardo Alfredo Quezada Calderón (Ripil).
Su extradición se llevó a cabo mediante el Auto 144/25, emitido por la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal de la Sección 2, en Madrid, España, con fecha 28 de febrero de 2025.
En su decisión, el tribunal español estableció que se cumplieron las formalidades documentales y los requisitos legalmente previstos para acceder a la extradición solicitada por la República Dominicana.
A través de un comunicado de prensa, el Ministerio Público de la República Dominicana valoró una vez más la cooperación jurídica de España en el combate contra el crimen y los delitos graves.
Las autoridades españolas en Barcelona llevaron a cabo el arresto de Tejeda Santana el 10 de octubre de 2024, en virtud de la orden de arresto n.º 530-2018-EMES-010334, emitida por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santo Domingo Este el 28 de mayo de 2018.
En relación con el caso, las investigaciones determinan que Tejeda Santana cometió el homicidio el 28 de mayo de 2018, mientras se encontraba en el sector Lotes y Servicios de Sabana Perdida, en el municipio Santo Domingo Este.
La Dirección de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos de la Procuraduría General de la República, junto con la Fiscalía de Santo Domingo Este, llevó a cabo las acciones previstas en el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal vigente entre ambos países, logrando que las autoridades españolas concedieran la extradición.
Tejeda Santana será presentado ante el tribunal correspondiente para abordar el hecho que el órgano persecutor dominicano ha calificado como violación de los artículos 295 y 401 del Código Penal Dominicano.