Economía
El Poder Ejecutivo fusiona el Plan Social y los Comedores Económicos en la Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria

Santo Domingo.-El Poder Ejecutivo fusionó el Plan Social de la Presidencia y los Comedores Económicos del Estado Dominicano (CEED), para crear la Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria, la cual funcionará desconcetrada del Ministerio de la Presidencia y estará bajo la coordinación del Gabinete de Políticas Sociales.
La nueva institución fue creada mediante el decreto 219-25, firmado el 23 de abril.
El artículo 2 del decreto establece que la Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria “será el órgano responsable de la ejecución y gestión de programas de asistencia social directa orientados a la provisión de alimentos y artículos básicos de primera necesidad, a fin de mejorar las condiciones de vida de las personas y comunidades en situación de vulnerabilidad, mediante
acciones de respuesta oportuna y solidaria”.
“Para cumplir con este propósito, la Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria desarrollará mecanismos de distribución de alimentos crudos y cocidos, donaciones de enseres esenciales, asistencia en casos de emergencia y programas especiales vinculados a fechas significativas, priorizando la atención de personas y grupos vulnerables en todo el territorio”, establece el párrafo 1 del artículo 8.
En el decreto se le otorga un plazo de 90 días
al Ministerio de Administración Pública (MAP), el cual gestionará “de manera directa todas las acciones necesarias para la transición administrativa, operativa y de personal derivada de la unificación de los Comedores Económicos del Estado Dominicano (CEED) y el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP)”
“Se garantizará que los servidores públicos no incorporados a la nueva Dirección reciban las prestaciones laborales y derechos adquiridos que les correspondan, conforme a lo establecido en la Ley núm. 41-08, de Función Pública. Asimismo, se gestionarán los procesos de jubilación y pensión, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública y de
conformidad con la normativa aplicable”, establece.
En el artículo 6 detalla que “los recursos económicos de la Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria provendrán de las asignaciones presupuestarias dispuestas en la Ley General de Presupuesto del Estado, a través del Ministerio de la Presidencia, y serán
desembolsados por la Tesorería Nacional”
“La Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria deberá articular sus iniciativas y programas con el Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales y demás entidades, tanto del sector público como del privado, cuyas funciones sean afines o complementarias, a fin de garantizar una gestión eficiente y alineada de las políticas públicas”, recoge el artículo 7.