
El verdadero punto de conflicto, según Orzeske, radica en la Ley de Comunicaciones Almacenadas (Stored Communications Act), que establece que las empresas que gestionan nuestros activos en línea no pueden divulgarlos sin nuestro permiso. Así pues, la RUFADAA otorga ciertos derechos a los supervivientes a la vez que preserva la privacidad del titular original de los activos.
En virtud de la RUFADAA, una persona de confianza designada puede cerrar cuentas, pero solo puede acceder al contenido (el texto de los correos electrónicos, los mensajes privados, los videos, las fotos, los archivos adjuntos y demás) si el fallecido “concede expresamente la autorización al representante personal fiduciario”, según Catherine Hodder, abogada y editora sénior de FindLaw. FindLaw es un sitio web informativo que explica cuestiones jurídicas para el público en general.
La forma de otorgar ese permiso a una persona de confianza es ponerlo por escrito, preferiblemente en un testamento o un documento similar. Nombra a la persona y especifica exactamente a qué quieres que tenga acceso, pero no incluyas nombres de usuario ni contraseñas, advierte Hodder, ya que “el testamento es un documento público”.
Todo esto obviamente se refiere a las leyes en EE UU, pero otros países ya tienen legislaciones similares.
Si el fiduciario no recibe permiso expreso para acceder al contenido de un activo digital, es posible que aun así pueda obtener un “catálogo” de metadatos, explica Orzeske. Tomando de nuevo el correo electrónico como ejemplo, eso podría incluir las fechas y horas de envío y recepción de los correos; quizá también información sobre el remitente o el destinatario, pero no el cuerpo de los mensajes.
Las deficiencias de las herramientas integradas
Muchas de las grandes empresas tecnológicas que custodian nuestros activos digitales (denominadas “custodios de datos” en la legislación estadounidense) cuentan con herramientas integradas. Estas permiten designar a una persona de confianza para que acceda a tu cuenta en caso de fallecimiento o incapacidad.
Google ofrece su “Gestor de cuentas inactivas” desde 2013. Apple y Meta utilizan el término “contacto de legado” en algunos casos, aunque en Instagram hay que buscar la opción de “conmemoración”. Activar estas funciones puede parecer la forma más fácil de permitir que otra persona gestione tus cuentas, pero, en la práctica, dejan mucho que desear.
Por ejemplo, si quieres dar permiso a alguien para que descargue tu contenido de Instagram tras tu fallecimiento, esa persona también debe tener una cuenta de Instagram. Y lo que es más importante, alguien debe ponerse en contacto con Instagram para notificar el fallecimiento. ¿Y eso cómo se hace?
Mike Kiser, copresidente del grupo comunitario “Death in the Digital Estate” de la OpenID Foundation, señala que “no existe una forma definida de comunicar a un proveedor que alguien ha fallecido o ha perdido su capacidad”. A largo plazo, su grupo se propone desarrollar protocolos y directrices para que los usuarios puedan gestionar su patrimonio digital.
También pueden surgir dificultades imprevistas que varían de un caso a otro. ¿Qué ocurre si nunca has facilitado tu nombre real ni tu fecha de nacimiento a ninguna de estas empresas? ¿Cómo puede tu contacto de confianza demostrar que una cuenta en línea era realmente tuya? No es algo sencillo.
Incluso las soluciones “hazlo tú mismo” pueden fracasar
Los expertos digitales llevan mucho tiempo ideando soluciones para transmitir su patrimonio digital. Algunos dejan un documento impreso en un lugar seguro en el que figuran todas sus cuentas y las credenciales para acceder a ellas. Otros aprovechan las herramientas de gestión de contraseñas, que son una de las mejores opciones en términos de seguridad. Pero incluso las mejores soluciones pueden resultar insuficientes.
Kiser cuenta que uno de sus colegas creó un sistema casero para transmitir sus activos y decidió probarlo desde el punto de vista de su persona de confianza. “Fracasó en el primer paso”, advierte Kiser.













