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octubre 5, 2025
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Prisión para hombre que violó y mató a niño de 10 años en Sabana Perdida

Un tribunal de Santo Domingo Este impuso tres meses de prisión preventiva en contra de José Antonio Glass (Yoyón), de 57 años, imputado por el secuestro, violación sexual y homicidio de un niño de 10 años que fue sustraído el pasado sábado.

La medida de coerción fue dictada por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este y establece que Glass deberá cumplir la prisión preventiva en la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

El Ministerio Público de Santo Domingo Este y Norte, representado por el fiscal Tito Osea González, presentó las evidencias suficientes ante la jueza Karen Minyetty Casado para solicitar la imposición de la medida.

El Crimen y el recorrido del imputado

Según el expediente, el crimen ocurrió el pasado 27 de septiembre, cerca de las 5:20 de la tarde. El imputado José Antonio Glass se aprovechó de la vulnerabilidad de la víctima, quien tenía una condición especial, sustrayéndolo de los alrededores de la casa de su madre en el barrio Puerto Rico, Santo Domingo Este.

El plan criminal de Glass lo llevó a iniciar una caminata a pie con el niño, dirigiéndose desde Los Minas hacia el sector Los Pinos de Sabana Perdida (Santo Domingo Norte).

Las investigaciones, a cargo de la fiscal Ivette Mateo, establecieron que el abuso sexual y el asesinato se materializaron en una zona boscosa de Los Pinos de Sabana Perdida. El expediente detalla que Glass cometió el abuso sexual con «manifiesta crueldad» y luego procedió a estrangularlo, causándole la muerte. El cadáver del niño fue localizado en esa zona el pasado domingo, 28 de septiembre de 2025.

Reincidencia en el delito

Un detalle alarmante que evidencia la peligrosidad del imputado es su historial criminal: José Antonio Glass ya había cumplido una condena completa de 15 años de prisión por violar sexualmente a otro niño de 10 años de edad, lo cual subraya su reincidencia en este tipo de delitos.

El Ministerio Público ha calificado provisionalmente los hechos con los artículos 295, 296, 297, 298, 302 y 331 del Código Penal Dominicano, relativos al homicidio y otros crímenes, además de los artículos 110 y 396 literales a, b y c de la Ley 136-03, que es el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

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