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Justicia

Niegan dar libertad a cuatro acusados de “borrar fichas”

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Niegan dar libertad a cuatro acusados de “borrar fichas”

La Primea Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación denegó este lunes variar la prisión preventiva a cuarto imputado en la Operación Gavilán que recurrieron la medida impuesta por sus presuntos vínculos con la supuesta red a la que se acusa de eliminar antecedentes penales a delincuentes y presos.

Al último que se le rechazó el recurso de apelación fue a Domingo Julio Santana Sánchez, quien era empleado de la Procuraduría General de la República.

La pasada semana, la Segunda Sala Penal de la Corte desestimó la impugnación a la prisión que hizo el encargado de la Base de Datos de la Dirección de Tecnología de la Procuraduría General, Alfredo Mirambeaux Villalona. A principio de septiembre ese mismo tribunal se la ratificó a Mártires Rosario Reyes y a Luis Alfredo Astacio.

De los cinco a los que se les impuso en agosto 18 meses de cárcel preventiva, el único que no ha impugnado es Rubén Darío Morbán. Los cinco fueron los que no colaboran con el Ministerio Público en la investigación.

A la presunta red completa, que incluye otros siete empleados del Ministerio Público y “al menos siete fiscales”, cuyos nombres no se han dado a conocer, se les ha acusado de haber borrado casi 17,000 antecedentes penales a narcotraficantes, violadores sexuales, secuestradores, entre otros criminales, algunos incluso cumpliendo condenas de hasta 30 años.

Entre los supuestos beneficiados con el borrado de las “fichas” se incluyen Joel Ambiorix Pimentel García (la J) y José Hamilton Ureña (Nino Come Mezcla), dos de los principales investigados de la Operación Halcón IV.

A Pimentel García se señala como la persona que amenazó a la procuradora general, Miriam Germán Brito.

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Para los que llegaron a un acuerdo con el Ministerio Público, la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional dispuso impedimento de salida del país y garantía económica y son: Laudelina Esther Reyes Silva, Yokaira Elizabeth Carmona, Ashley Darleni Morbán Reyes, Antony Vicente Ferrer Monegro, Romanqui Alexander Dotel Medina y Dilcia Argentina Núñez Santos.

A otra imputada, Pilar Yrenes Medina Trinidad, se le dictó arresto domiciliario.

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Justicia

Aprueban proyecto de ley que permitiría desalojar a inquilinos que no paguen

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Aprueban proyecto de ley que permitiría desalojar a inquilinos que no paguen

La Cámara de Diputados aprobó este jueves, otra vez y en primera lectura, el proyecto de ley general de alquileres de bienes inmuebles y desahucios, que regularía las relaciones entre propietarios de viviendas e inquilinos.

El proyecto que aprobaron los diputados contiene todo un capítulo que expone el procedimiento que se deberá usar para los desalojos por falta de pago de la renta.

El proceso de desalojo de un inquilino que no pague el alquiler iniciará con una citación del fiscalizador, quien deberá decidir sobre el asunto en un plazo de 30 días.

La decisión del fiscalizador, autorizando o prohibiendo el desalojo, será irrevocablemente juzgada, no será objeto de ningún recurso de oposición y será ejecutada “de inmediato”.

Después de la sentencia, el proyecto de ley establece que un alguacil encargado se trasladará al lugar del alquiler y procederá a la instrumentación del desalojo o el embargo, según sea el caso.

Antes del desalojo, la pieza señala que el alguacil pedirá al inquilino desalojado alguna dirección donde pueda depositar sus pertenencias y, en caso de no tener ninguna, se recibirá el mobiliario en un almacén de Monte de Piedad.

Otras novedades
Uno de los artículos de la iniciativa establece que los propietarios de casas estarán obligados a entregar recibos de pagos cuando reciban los montos de las rentas.

También establece que los gastos legales en torno al contrato de alquiler serán “cubiertos en partes iguales” por el propietario y el inquilino.

En caso de que se acuerde un reajuste en el precio del alquiler, el costo nunca podrá exceder el 10 % del valor de la renta, según consta en el artículo ocho del proyecto.

En el caso de los depósitos, que son pagos anteriores a la renta, la iniciativa establece que los mismos no deberán exceder los dos meses del valor del contrato.

El artículo 22 del documento congresual prohíbe a los propietarios discriminar a posibles inquilinos por su etnia, raza, credo, condición social, la de ser o no ser extranjero u otras formas de discriminación para el alquiler de las viviendas.

El proyecto será conocido a partir del 16 de agosto con las modificaciones necesarias.

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